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Publicado por LLAMA.PE en Leyes y Actualizaciones • 21 junio 2022 01:04 PM
El Jurado Nacional de Elecciones, en el marco de la transición digital del gobierno peruano, ha implementado el Sistema Integrado de Jurisdicción Electoral como una plataforma electrónica al servicio de la población.
Esta plataforma permite a las personas que participan en organizaciones políticas, como militantes, personeros, y/o representantes legales generar sus trámites de registro e inscripción de candidatos de forma virtual, generándose un expediente digital por solicitud.
Es un sistema web a través del cual los usuarios pueden presentar escritos y solicitudes de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos del Jurado Nacional de Elecciones, dando inicio a un trámite por jurisdicción electoral, vinculado a distintas temáticas de procesos electorales.
- La ciudadanía en general.
- Las empresas encuestadoras, en la medida que requieran realizar encuestas como aquellas realizadas a boca de urna en los locales de votación.
- Las organizaciones políticas. Los personeros legales pueden realizar la inscripción de lista de candidatos para las siguientes elecciones de forma virtual.
- Las instituciones públicas del Estado, que quieran información del JNE.
- Usuarios internos del JNE.
Cada solicitud generada por los usuarios de forma electrónica generará un expediente electrónico. Para ello, es necesario que los usuarios generen un usuario, y una casilla electrónica que les informará la respuesta del JNE y el proceso de su trámite.
Al registrar una cuenta en el SIJE-E, se creará de manera automática la Casilla Electrónica del usuario.
Por otra parte, se pueden apelar de forma virtual la resolución del JNE / JEE que resulte desfavorable al administrado.
Se pueden incorporar escritos a expedientes físicos ya existentes.
Las personas que envíen escritos mediante esta plataforma y que deseen firmar digitalmente su solicitud deben contar con un certificado digital, el cual funciona mediante un software debidamente instalado en sus dispositivos electrónicos. La empresa acreditadora de certificados digitales debe estar acreditada ante el JNE. De igual forma, si los administrados desean apelar una resolución ante el Tribunal del Jurado Nacional de Elecciones y ante los Jurados Electorales Especiales, pueden firmar digitalmente dichas solicitudes.
Por otra parte, las autoridades del JNE que respondan y absuelvan información deben firmar los autos y resoluciones con la firma o certificado digital de la institución, de acuerdo con la Resolución N.° 0087-2018-JNE.
La firma digital no reemplaza ni sustituye a los documentos firmados con firma manuscrita. Los expedientes físicos se complementan con las nuevas solicitudes ingresadas de forma virtual (si existe conexidad de sujetos involucrados en el proceso).