La plataforma de Declaraciones Juradas de la Contraloría presenta intermitencia en el proceso de firma digital mediante FirmaPerú. Recomendamos intentar primero con la opción 02 Singfast siguiendo el video:https://youtu.be/K11m2Hau3P4 . Si el inconveniente continúa, puede guardar su declaración en PDF y firmarla directamente con ReFirma de RENIEC: https://youtu.be/zZyialmNDmQ . Luego, puede reportar el inconveniente a la Contraloría y adjuntar el documento firmado como sustento al correo consultasdji@contraloria.gob.pe o comunicarse a la central (01) 330 3000 – Opción 1. La Contraloría deberá confirmar el procedimiento correspondiente para la presentación de su declaración. Agradecemos su comprensión.

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Principios que rigen a la Firma Digital en Perú

Publicado por LLAMA.PE en Firma Digital • 26 septiembre 2023 05:33 PM

La firma digital es un instrumento electrónico que permite identificar a una persona y verificar la autenticidad e integridad de un documento electrónico. En el Perú está regulado por la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Sellos Digitales, y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 026-2016-PCM

Estos instrumentos legales establecen los principios y regulaciones que rigen a la firma digital en el Perú, los cuales son los siguientes:

  • Legalidad: La firma digital tiene la misma validez y eficacia jurídica que la firma manuscrita u otra análoga.
  • Neutralidad tecnológica: La firma digital no se encuentra asociada a ningún tipo de tecnología o proveedor en particular.
  • Transparencia: El proceso de creación y verificación de la firma digital debe ser transparente y verificable por cualquier persona.
  • Seguridad: La firma digital debe ser segura y confiable, y debe proteger la integridad y el origen de los documentos firmados.
  • Eficiencia: La firma digital debe ser eficiente y fácil de usar, y debe facilitar la realización de trámites y transacciones electrónicas.

Los principios establecidos, buscan garantizar la seguridad y eficiencia de la firma digital, y fomentar su uso en el ámbito público y privado.

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